El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de este martes 1 de julio, ha aprobado un real decreto por el que se eliminan las penalizaciones por la presentación fuera de plazo de la solicitud única de la Política Agraria Común (PAC) para 2025 en el periodo comprendido entre el 15 y el 31 de mayo, con efecto retroactivo, conforme a lo establecido ya en una resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (Fega ).
02-07-2025
En dicha resolución se señalaba que, pese a lo dispuesto en el artículo 108.3 Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, «para el año 2025 se admitirán solicitudes de ayuda, solicitudes de asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad o de la documentación que las acompaña presentadas hasta el 31 de mayo sin que se aplique la reducción del 1 por ciento por cada día hábil de retraso tras el fin del plazo de presentación de la solicitud única».
Asimismo, aclaraba que contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 82 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fuente: Agroinformación